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Peña nieto, la UP y la excelencia educativa

Hace un par de días la Universidad Panamericana (UP) difundía un comunicado hacia su comunidad acerca del ya muy sonado caso de plagio por parte del presidente Enrique Peña Nieto en su tesis de titulación de licenciatura. En este comunicado la UP comentó haber revisado el caso y que en su revisión encontró no solo una sino “5 formas de tratamiento de ideas ajenas”. Después de explicarlas, concluye el documento en 3 puntos, de los cuales el argumento más fuerte es que “se encontraban frente a un hecho consumado y era imposible proceder en ningún sentido». Ahora bien, por sentido común es de esperarse que una Facultad de Derecho conciba desde sus raíces un reglamento que contenga las bases para una formación sólida de sus estudiantes y una estructura constitucional bastante estricta.

Según el Tomo XIV del Semanario Judicial de la Federación, se nos menciona la existencia de 2 tipos de actos consumados (de modo reparable e irreparable). La diferencia entre estos se da en que uno se puede  reparar por vía de un juicio constitucional  aun cuando se haya realizado en todos sus efectos y consecuencias (siempre y cuando no incurran en cambios físicos y materiales como es el caso de los irreparables). Por lo anterior habría de esperarse que dentro del marco de un hecho consumado la UP podría buscar dentro de su estructura un recurso para poder dar las sanciones correspondientes; pues es una Universidad que sustenta que su «prestigio se fundamenta en la exigencia académica y la formación ética”, según su misma página de internet.

¿Qué pasa cuando en la actualidad se trata de llevar una formación éticamente correcta al grado que a los estudiantes se les pida que incluso a pie de cada examen pongan la siguiente leyenda: “Me comprometo a realizar la presente evaluación con honestidad y manifiesto mi conocimiento de las consecuencias que recaen al caso contrario, consignadas en el Reglamento de la Licenciatura en Derecho, de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana vigente”? La misma Facultad de Derecho muestra en su reglamento que cuando se incurre en alguna falta de honestidad el Comité de Dirección será el encargado de buscar la sanción, las cuales van desde la reprobación  de la materia hasta la baja de la misma. ¿Se podrán dar de baja o invalidar procesos de Titulación?

Escrito por J. Gerardo Paredes Olvera

Editado por Resilientemagazine.com